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Costos e impuestos al comprar o vender un inmueble en México

El precio de la propiedad no es el único número de una compraventa: hay impuestos y gastos que conviene presupuestar desde el inicio para no llevarte sorpresas en la notaría. Esta guía resume quién paga qué en México.

Lo que normalmente paga el comprador

  • Impuesto sobre adquisición de inmuebles (ISAI o traslado de dominio): lo cobra el estado o municipio; la tasa varía según la entidad, comúnmente entre el 2% y el 4.5% del valor de la operación o del avalúo.
  • Gastos notariales: honorarios del notario, certificados, inscripción en el Registro Público de la Propiedad. En conjunto, los gastos de escrituración (con todo e ISAI) suelen representar alrededor del 4% al 7% del valor del inmueble, según el estado.
  • Avalúo: requerido para escriturar y para los créditos; lo elabora un valuador autorizado.
  • Si hay crédito: comisiones de apertura y, en su caso, seguros asociados al financiamiento.

Lo que normalmente paga el vendedor

  • ISR por enajenación: el impuesto sobre la ganancia de la venta, que el notario calcula y retiene. Importante: la venta de la casa habitación del vendedor puede estar exenta hasta cierto tope (alrededor de 700 mil UDIS, unos varios millones de pesos) cumpliendo requisitos, como acreditar que es su vivienda y no haber usado la exención en los últimos 3 años. El notario te confirma tu caso.
  • Cancelación de hipoteca si la propiedad tenía un crédito (trámite y derechos de registro).
  • Adeudos al corriente: predial y agua deben entregarse pagados; pide tus constancias de no adeudo con tiempo.

Tres consejos de oro

  • Pide al notario un presupuesto de gastos por escrito antes de firmar — es normal solicitarlo y te evita sorpresas.
  • Verifica que el inmueble esté libre de gravamen con un certificado de libertad de gravamen del Registro Público.
  • Presupuesta como comprador un colchón del 5% al 8% sobre el precio para cubrir todos los gastos de cierre.

Nota: tasas y montos varían por estado y cambian con el tiempo; esta guía es orientativa y no sustituye la asesoría del notario, quien es la autoridad en tu operación concreta.